El arbitraje: justicia
informal?
Análisis de las sentencias de la corte constitucional
Texto del artículo contenido en la publicación del libro
conmemorativo de los 10 años de la Especialización en
Métodos Alternativos de Solución de Conflictos de la
Universidad del Rosario
Carmenza Mejia Martinez
http://www.cmmlaws.com
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Introducción:
En Colombia la jurisprudencia nacional ha reconocido desde
siempre que la función arbitral es jurisdiccional , aún
antes de que quedara estatuida en el artículo 116 de la
actual Constitución Política y, en efecto, así se ejerce.
Existen, sin embargo, notables diferencias con los jueces
permanentes y limitaciones, impuestas estas últimas no sólo
por la ley o por la naturaleza misma del arbitraje, sino
también por la jurisprudencia de la Corte Constitucional,
que hacen que se mire a la justicia arbitral como una
justicia accesoria, de menor jerarquía que la ejercida por
la jurisdicción permanente .
Me propongo examinar algunas de tales diferencias y
limitaciones entre la jurisdicción permanente y la arbitral,
plasmadas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional,
junto con las concepciones y consideraciones, en ocasiones
disímiles, que sobre el arbitraje, su naturaleza, su
finalidad, su función y el alcance de las atribuciones de
los árbitros, tiene esa Corporación.
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